sábado, 19 de noviembre de 2011

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COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS  DE MEXICO Y EL VIH/SIDA
En la actualidad las autoridades de salud tienen el registro al menos de 148,130 casos acumulados de quienes han desarrollado el síndrome al 31 de marzo del año 2011, aunado a ello, se estima que cerca de 225,000 personas adultas entre 15 a 49 años viven con VIH con datos hasta el 2010.
Se expresa que desde el inicio del mencionado virus ha representado un reto a los derechos humanos, por el estigma asociado al VIH por ser una infección de transmisión sexual y por asociarse arbitrariamente con poblaciones de por sí estigmatizadas.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ha reconocido al VIH Sida como una realidad que reclama la atención decidida de políticas de salud, pero también como un problema de derechos humanos. No solamente porque la protección de la salud y la no discriminación son derechos humanos, ni únicamente porque las personas que viven con VIH son sujetos de todos los derechos humanos, ni exclusivamente porque la condición de vulnerabilidad de estas personas es importante, sino porque la misma repuesta al SIDA por parte de la sociedad en su conjunto, sólo será exitosa si se colocan los derechos humanos en el corazón de la misma.

DISCRIMINACIÓN A PERSONAS CON VIH/SIDA
Las personas que son portadoras del Virus de la Inmunodeficiencia Humana o que están enfermas de SIDA son fuertemente discriminadas por el miedo al contagio y porque cargan con una serie de prejuicios asociados a su actividad sexual, lo que les causa una alta marginación que les impide desempeñarse plenamente en el trabajo, tener acceso a los servicios de salud y vincularse libremente con amigos y familiares.
La mayoría de las veces, la personas afectadas por la infección no tienen acceso a los mecanismos de control y prevención de la enfermedad, o bien llegan a ser obligados a tomar distancia de éstos a causa de un tratamiento diferenciado y excluyente.
El estigma exacerbado por el miedo al contagio, produce una doble discriminación en las personas con preferencias u orientaciones sexuales diferentes de la heterosexual, así como para las trabajadoras y trabajadores sexuales comerciales, pues se les atribuye falsamente la proliferación de la epidemia.
A pesar de las campañas informativas sobre la enfermedad, los prejuicios normalizados provocan que sean objetivo sistemático de discriminación que impide a las personas con VIH gozar de derechos fundamentales y los coloca en una situación de desventaja con respecto al resto de la sociedad.
Esta exclusión las deja fuera de una fuente laboral, de la escuela, e incluso de su propia familia. La estigmatización hacia estas personas también provoca abandono, que unido a la negación de derechos, puede significar un mayor y más rápido deterioro de su salud que termina con la muerte.
SUS DERECHOS
-Derecho a la información clara, exacta y científicamente fundada acerca del SIDA, son ningún tipo de restricción. Las personas que viven con el virus del SIDA tienen derecho a informaciones específicas sobre su condición como tales.
-Derecho a la asistencia y al tratamiento, suministrados ambos sin ninguna restricción y garantizando su mejor calidad de vida.
-Ninguna persona que viva con el virus VIH/SIDA será sometida a aislamiento, cuarentena o cualquier tipo de discriminación.
-Nadie tiene derecho a restringir la libertad o los derechos de las personas por el único motivo de que estas personas convivan con el virus VIH/SIDA, cualquiera sea su raza, nacionalidad, religión, ideología, sexo u orientación sexual.
-Derecho a la participación en todos los aspectos de la vida social. Toda acción que tienda a recusar a las personas que conviven con el VIH/SIDA para un empleo, un alojamiento, una asistencia o a privarlos de ello, o que tienda a restringirles la participación en las actividades colectivas, escolares y/o militares, debe ser considerada discriminatoria y punida por la ley.
-Derecho a recibir sangre y hemoderivados, órganos o tejidos que hayan sido rigurosamente analizados y comprobada en ellos la ausencia del virus del SIDA.
-Nadie podrá hacer referencia a la enfermedad de alguien, pasada o futura, o al resultado de sus análisis para el SIDA sin el consentimiento de la persona involucrada. La privacidad de la persona que vive con el virus VIH/SIDA deberá ser asegurada por todos los servicios médicos y asistenciales.
-Nadie será sometido compulsivamente, en ningún caso, a los análisis para el SIDA. Estos deberán ser usados exclusivamente para fines diagnósticos, para el control de personas o poblaciones. En todos los casos de análisis, los involucrados deberán ser informados previamente y los resultados deberán ser comunicados por un profesional competente.
-Toda persona que vive con el virus VIH/SIDA tiene derecho a comunicar sólo a las personas que él desee hacerlo su estado de salud o el resultado de sus análisis.
-Toda persona que viva con el virus tiene derecho a la continuación de su vida civil, profesional, sexual y afectiva. Ninguna acción podrá restringir sus plenos derechos a la ciudadanía.

DATOS ESTADISTICIOS
En México esta situación repercute sobre todo en el derecho que tienen las personas con esta enfermedad a recibir una atención médica adecuada. Ya que de acuerdo a las encuestas realizadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en el 2009 recibieron 101 quejas de presuntas violaciones de derechos humanos de personas las que viven con VIH/SIDA. De estas quejas se denunció que la autoridad presuntamente responsable de estas violaciones fue el Instituto Mexicano del Seguro Social, con un total de 73 quejas. Seguido Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y la Secretaría de Marina, como se muestra en la siguiente gráfica.

De acuerdo con esta información, gran parte de las personas que viven con VIH/SIDA que presentaron quejas han sufrido violación a sus derechos humanos, sobre todo en los que corresponden a servicios de salud.


ÁREAS DE RELACIÓN ENTRE EL VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS Y EL VIH/SIDA
Finalmente información del Alto Comisionado de los Derechos Humanos nos dice que la relación entre el VIH / SIDA y los derechos humanos se destaca en tres áreas:

-Aumento de la vulnerabilidad: Algunos grupos son más vulnerables a contraer el virus del VIH porque no son capaces de ejercer sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Por ejemplo, las personas que se les niega el derecho a la libertad de asociación y de acceso a la información podrá ser excluido de debatir cuestiones relacionadas con el VIH / SIDA, la participación en organizaciones dedicadas al SIDA y los grupos de autoayuda, y tomar otras medidas preventivas para protegerse del VIH infección.

-Discriminación y el estigma: Los derechos de las personas que viven con VIH / SIDA a menudo son violados por su condición de VIH supone o se sabe, lo que les hace sufrir tanto la carga de la enfermedad y la consiguiente pérdida de otros derechos. 

-Impide una respuesta eficaz: estrategias para combatir la epidemia del VIH / SIDA se ven obstaculizados en un entorno donde los derechos humanos no son respetados.




PRESENTACIÓN DERECHOS DE LAS PERSONAS EN LAS ORGANIZACIONES

Presentación - DPEO

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